Buscador de estándares sobre derechos humanos

Examen Periódico Universal - Ecuador - 2012

Párr. 135.11
Seguir aplicando programas y políticas de capacitación para fortalecer y desarrollar la capacidad individual.


Párr. 135.48
Proseguir sus esfuerzos de lucha contra la pobreza y de mejora de los niveles de educación y salud de su población.


Párr. 135.5
Seguir aumentando el presupuesto público para salud, educación y bienestar social.


Párr. 135.55
Adoptar nuevas medidas para mejorar la calidad de la educación y adoptar todas las medidas necesarias para que los niños completen la enseñanza primaria y secundaria abordando los motivos del abandono escolar; velar por que se logren progresos continuos en lo que respecta al derecho a la educación; seguir adoptando medidas para fortalecer la educación intercultural y la educación en derechos humanos; proseguir sus esfuerzos de reforma del sistema educativo, elemento importante para reducir al mínimo la pobreza; preparar un mecanismo para reunir estadísticas sobre la educación de los grupos indígenas; seguir elaborando e integrando una perspectiva de género en el sistema educativo nacional.


Párr. 135.56
Seguir trabajando en la aplicación de políticas que garanticen el respeto de los derechos de las personas con discapacidad; proseguir los esfuerzos, tanto legales como procedimentales, para garantizar el pleno respeto y protección de los derechos de las personas con discapacidad, incluido el acceso a la educación y la asignación de recursos con ese fin.


Observaciones finales Comité de los Derechos del Niño - Ecuador - 2010

Párr. 10
El Comité recomienda que el Estado parte refuerce y acelere sus esfuerzos por lograr que el derecho interno esté en estricto cumplimiento con la Convención realizando un examen exhaustivo de las leyes y su aplicación y manteniendo la especificidad e interdependencia de todos los derechos del niño en términos de políticas, legislativos, institucionales y programáticos, de conformidad con la Convención sobre los Derechos del Niño.


Párr. 12
El Comité recomienda que se preste particular atención a la necesidad de que las políticas, los programas y los recursos humanos destinados a los niños sean específicos y especializados, sin perjuicio de aspirar a una mayor racionalidad institucional y presupuestaria. También pide que se otorgue consideración prioritaria de alto nivel y claramente identificable a los derechos del niño dentro de la estructura del Gobierno central y del sistema descentralizado del Gobierno, todos cuyos departamentos competentes deben tener facultades y competencias concretas en materia de derechos del niño. A este respecto, el Comité recomienda que en el nuevo sistema nacional de inclusión y equidad social se respete y fortalezca el ya existente Sistema Nacional Descentralizado de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia.


Párr. 22
a) Seguir aumentando el nivel de inversión social manteniendo su sostenibilidad e intentando cumplir el mandato constitucional respecto de la salud y la educación, así como la plena financiación de la Agenda Social de la Niñez y Adolescencia y los programas y la agenda para la niñez conexos; b) Proteger el presupuesto para la infancia y el presupuesto social de cualquier perturbación externa o interna, como situaciones de crisis económica, desastres naturales u otras emergencias, a fin de mantener la sostenibilidad de las inversiones; c) Continuar la labor iniciada por el Ministerio de Finanzas y la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo con objeto de poner a punto una metodología de presupuestación y elaboración de indicadores para seguir de cerca las asignaciones destinadas a los niños y mantenerlas bajo control, dar visibilidad a la inversión y permitir su evaluación; d) Asegurarse de que el aumento de las asignaciones para los grupos desfavorecidos a fin de paliar las disparidades, por ejemplo mediante el Bono de Desarrollo Humano, esté basado en el debido desglose de los datos presupuestarios por ubicación geográfica y administrativa y otras categorías pertinentes, como el género, la edad y el origen étnico; e) Definir partidas presupuestarias estratégicas para las situaciones que puedan exigir medidas sociales afirmativas (por ejemplo, la inscripción de nacimientos, la malnutrición crónica, la violencia contra los niños, etc.); f) Asegurarse de que las autoridades locales rindan cuentas debidamente de forma abierta y transparente para permitir la participación de las comunidades y los niños y la asignación de recursos de manera concertada; g) Solicitar asistencia técnica del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) y otras organizaciones internacionales, según proceda.


Párr. 41
Lograr que las opiniones de los niños se tengan debidamente en cuenta en la familia, las escuelas y los ámbitos administrativos y de otro tipo pertinentes, y que los niños sean debidamente escuchados en los procedimientos judiciales y administrativos que los afecten.


Párr. 46
Prohibir los castigos corporales en todos los ámbitos, con inclusión de la familia, la escuela y todos los lugares de privación de libertad.


Párr. 57
Proteger y promover los derechos de los niños con discapacidades, incluido el acceso a la educación, y suministrar los recursos necesarios para que los padres puedan atender debidamente a sus hijos.


Párr. 61
Fortalecer las medidas para promover la inclusión de educación sobre salud sexual y reproductiva en las escuelas, así como servicios de asesoramiento y atención de salud adaptados a los jóvenes y confidenciales, que incluyan información sobre los anticonceptivos y acceso a ellos.


Párr. 65
El Comité recomienda que el Estado parte: a) Siga mejorando la calidad de la educación y adopte todas las medidas necesarias para que los niños terminen la escuela primaria y secundaria ocupándose de los motivos por los que no se completa la escolarización. En esa labor debe asegurarse de que las unidades educacionales del milenio sean el centro de una red destinada a reformar todas las escuelas a nivel de distrito y no a desviar recursos de la aplicación de la educación general. También debe asegurarse de la disponibilidad de libros a través de las bibliotecas públicas y escolares y de la oferta de la información y educación suficientes sobre Internet. b) Aborde las disparidades de forma más eficaz asignando un presupuesto específico y apoyo de largo plazo a los niños más desfavorecidos, concretamente los niños indígenas y las niñas en las zonas rurales, prestando atención a las modalidades alternativas de la enseñanza no reglada y facilitando la formación profesional que pueda desembocar en el empleo y/o la enseñanza técnica superior. c) Introduzca la enseñanza de los derechos humanos en todos los niveles docentes a fin de favorecer el abandono de las prácticas discriminatorias, la xenofobia y la violencia y la comprensión de la diversidad, la interculturalidad, la perspectiva de género y la ciudadanía. d) Adopte medidas para prevenir los castigos corporales y el abuso y hostigamiento sexuales contra los niños, especialmente las niñas, en las escuelas e investigue y, de ser procedente, enjuicie rápidamente a los responsables de esos actos. e) Garantice que todas las escuelas tengan un número suficiente de profesores bien capacitados y plenamente calificados que reciban un sueldo adecuado y formación permanente. f) Proporcione acceso a la escuela a todos los niños, independientemente de la condición jurídica que tengan en el Estado parte, prestando especial atención a los hijos de migrantes y a los niños migrantes no acompañados. g) Reformar el reglamento de la Ley orgánica de transporte terrestre, tránsito y seguridad vial para garantizar que todos los niños en edad escolar tengan acceso a una tarifa preferente para transporte público. h) Tenga en cuenta la Observación general Nº 1 del Comité (2001) sobre los propósitos de la educación.


Párr. 67
Adoptar medidas legislativas o de otro tipo para proteger a los niños solicitantes de asilo y refugiados, en particular los no acompañados o separados de su familia. Asegurar que los niños solicitantes de asilo y refugiados tengan un nivel de vida adecuado, lo que comprende, entre otros, el acceso a las escuelas sin discriminación.


Párr. 83
Proteger los derechos de los niños indígenas, respetar su cultura y garantizar su goce de los derechos consagrados en la Constitución nacional, el derecho interno y la Convención sobre los derechos del niño. Fortalecer la educación intercultural y bilingüe, prestando la debida atención a la cultura de los niños indígenas de conformidad con el artículo 30 de la Convención sobre los derechos del niño.


Observaciones finales Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial - Ecuador - 2012

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