Párr. 135.36 Garantizar a todos los ecuatorianos el derecho a la comunicación libre, intercultural, diversa y participativa en todos los entornos y medios de comunicación y el derecho a buscar, recibir, intercambiar, producir y difundir información fidedigna, verificada, oportuna, contextualizada y plural.
Párr. 135.38 Examinar las leyes vigentes y los proyectos de ley sobre la libertad de expresión y la libertad de prensa para asegurarse de que estén en conformidad con las normas internacionales y, más concretamente, eliminar las disposiciones que penalicen la difamación, las también llamadas leyes de desacato; despenalizar la difamación y hacer las modificaciones necesarias al respecto, de conformidad con las normas interamericanas e internacionales; derogar todas las disposiciones legales que contravengan a las normas internacionales sobre la libertad de expresión, especialmente todas las leyes contra el insulto y todas las normas que penalicen la difamación de los funcionarios y las instituciones públicas; poner toda la legislación penal sobre el insulto y la difamación en conformidad con las normas internacionales sobre la libertad de expresión. Esperaba que estos importantes elementos se tuvieran en cuenta en la reforma en curso del Código Penal; garantizar en todas las circunstancias la independencia de los medios de comunicación y adoptar las medidas necesarias para que la legislación nacional sobre los delitos contra el honor y la difamación no mine la libertad de expresión; respetar el derecho a la libertad de expresión y de manifestación pacífica y restringir al mínimo estrictamente necesario los procesos penales contra quienes ejerzan estos derechos; estudiar la posibilidad de adoptar medidas para garantizar la libertad de expresión, en particular la libertad de prensa, y armonizar la legislación nacional en este ámbito con las normas internacionales; cumplir sus compromisos internacionales, en particular el artículo 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
Párr. 135.43 Promover la diversidad en la sociedad utilizando los medios de comunicación.
Párr. 135.60 Adoptar las medidas necesarias para erradicar la difusión, a través de los medios de comunicación, de estereotipos que puedan dar lugar a la discriminación de los migrantes y los refugiados.
Párr. 33 El Comité insta al Estado parte a que adopte medidas urgentes para preservar las lenguas indígenas. El Comité insta al Estado parte a aumentar sus esfuerzos en traducir información a los principales idiomas indígenas, así como a desarrollar mecanismos para fomentar su uso a nivel local, incluyendo medios audiovisuales, libros y cuentos.
Párr. 34 El Comité recomienda al Estado parte que continúe sus acciones dirigidas a ampliar el acceso a Internet y que redoble los esfuerzos en la instauración de centros de información y educación sobre el uso de las nuevas tecnologías e Internet.
Párr. 23 El Comité recomienda al Estado parte: (a) Ajustar el Reglamento Técnico Ecuatoriano a efecto de que también incluya, como obligaciones específicas de accesibilidad, los aspectos de información, comunicación, y tecnología, así como instrumentos para lenguaje simple; (b) Iniciar un programa integral de adecuación al transporte público en el Ecuador, incluyendo las zonas rurales, para que en un tiempo predeterminado se logre que todo el transporte sea accesible; y (c) Acelerar los trabajos de implementación de la norma NTE INEN-ISO/IEC 40500 "Tecnología de la información - Directrices de accesibilidad para el contenido web” para que las personas con discapacidad puedan tener acceso al Internet y que dichas directivas tengan carácter vinculante sobre todo para las páginas de las instituciones públicas que ofrezcan distintos servicios a las personas con discapacidad.
Párr. 27 El Comité recomienda que los medios de difusión privados y públicos respeten y difundan los derechos del niño teniendo en cuenta la diversidad cultural y las cuestiones de género, entre otras cosas, e incluyan en sus programas las expresiones y los puntos de vista de los niños. En particular, el Comité recomienda que el Estado y los medios de difusión examinen las conclusiones de la ACNNA para obtener enseñanzas y adaptar la cobertura de los medios escritos y ampliarla a la radio, la televisión y la prensa digital.
Párr. 15 Tomar las medidas educación y sensibilización necesarias y efectivas para combatir cualquier tendencia a estereotipar o estigmatizar a los trabajadores migrantes, especialmente en los medios de comunicación.
Párr. 16 Adoptar medidas que se enfoquen en el rol social de los medios de comunicación y combatan prejuicios raciales que conduzcan a la discriminación racial de personas indígenas o afroecuatorianas y fomenten la tolerancia y el respeto entre los diversos grupos raciales.