Buscador de estándares sobre derechos humanos

Examen Periódico Universal - Ecuador - 2012

Párr. 135.5
Seguir aumentando el presupuesto público para salud, educación y bienestar social.


Observaciones finales Comité DESC - Ecuador - 2012

Informe de la Experta independiente encargada de la cuestión de los derechos humanos y la extrema pobreza - Visita Ecuador - 2009

Párr. 111
En lo relativo a los programas sociales, el Estado debe aumentar progresivamente su cobertura, calidad, disponibilidad y los mecanismos de participación. Frente a la actual coyuntura económica mundial, cobra mayor relevancia la necesidad de que el Estado asegure fuentes estables de financiamiento, a través, por ejemplo, de una mejora en el sistema fiscal y tributario que permitan asegurar ingresos para la sostenibilidad de la inversión social.


Párr. 118
El Estado debe redoblar sus esfuerzos para asegurar que las acciones a favor de las personas que viven en extrema pobreza sean priorizadas y que no existan barreras administrativas, económicas, culturales o de otra índole para su acceso a los programas de protección e inclusión social.


Párr. 119
En ese sentido, la Experta independiente destaca la necesidad de asegurar la adecuación de los programas a distintos grupos etarios y contextos geográficos, étnicos, de género y culturales. En especial, es importante asegurar la adaptación de los programas a las necesidades de las diversas comunidades, pueblos y nacionalidades del Ecuador. Se debe también mejorar la base de información para la elaboración y evaluación de políticas públicas, asegurar su actualización periódica y el monitoreo independiente y continuo de políticas públicas.


Párr. 123
El Estado debe asegurar la constante diseminación de información sobre los programas de protección social en forma accesible, principalmente a los destinatarios de tales programas. En el mismo sentido, el Estado debe seguir fortaleciendo los mecanismos de rendición de cuentas accesibles a la población en general y a quienes viven en extrema pobreza en particular (considerando las conocidas barreras culturales, de género, físicas o geográficas). En particular, se deben establecer mecanismos de evaluación de impacto de los programas sociales como el BDH en relación con los diferentes sectores de la población beneficiaria.


Párr. 124
El Estado debe seguir articulando las distintas líneas de acción en materia de protección social al cumplimiento de las normas de derechos humanos. El BDH, principal programa de protección social, parece jugar actualmente un papel importante aliviando algunas de las urgentes necesidades de personas que viven en extrema pobreza y que se encuentran en su gran mayoría excluidas de cualquier sistema de seguridad social. El programa BDH, por sí sólo no garantiza el disfrute del derecho a un nivel de vida adecuado ni el derecho a la seguridad social. Este programa no sustituye la obligación del Estado de asegurar el acceso universal al derecho a la seguridad social.


Párr. 125
Para asegurar resultados positivos del programa BDH en relación con el disfrute de los derechos humanos de la población que vive en extrema pobreza, mayores esfuerzos deben realizarse para integrar y coordinar el programa con una serie de políticas sociales, en especial aquellas que aseguren la prestación de servicios públicos de calidad, con pertinencia cultural y de género, en todo el país.


Párr. 126
Estado debe evaluar que el diseño, implementación y evaluación del programa tenga debida cuenta de los estándares de derechos humanos. En particular, la Experta independiente recomienda que se realicen los estudios necesarios para asegurar que el control de la corresponsabilidad no genere ningún impacto negativo en el disfrute de los derechos humanos de las personas que viven en extrema pobreza.


Párr. 127
Junto con continuar mejorando la accesibilidad, adaptabilidad, transparencia, acceso a la información, rendición de cuentas, participación y enfoque de género del programa, en las formas descritas por el presente informe, la Experta independiente reconoce los logros alcanzados y recomienda que los mismos estándares sean aplicados a otros programas sociales.


Observaciones finales Comité para la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer - 2015 - 2015

Párr. 31
El Comité recomienda que el Estado parte: a) Promueva el acceso de la mujer al empleo formal, mediante medidas especiales temporales entre otras cosas, como puestos reservados para mujeres en las empresas e insta a que se ofrezcan puestos de trabajo exclusivamente a candidatas mujeres; b) Apruebe, en consulta con el sector privado, un plan nacional de acción para que los sistemas de seguridad social abarquen a un mayor número de mujeres que trabajen en el sector informal; c) Ponga en práctica un mecanismo para reunir información acerca de la representación de la mujer en el sector privado y formule estrategias a fin de promover que la mujer ocupe cargos directivos dándole formación en competencia administrativa y adopte medidas encaminadas a conciliar las obligaciones en el trabajo y en la familia; d) Adopte medidas eficaces para eliminar la segregación en el empleo, tanto horizontal como vertical, mediante el establecimiento de un mayor número de programas especializados de formación en el empleo para distintos grupos de mujeres, que tengan en cuenta a las jóvenes en particular y a distintos sectores de la economía; e) Fiscalice las condiciones de trabajo de las empleadas domésticas, incluso mediante inspecciones periódicas de los lugares en que trabajan para promover su plena participación en los planes de seguridad social; f) Establezca un sistema para fiscalizar y prevenir el hostigamiento sexual de la mujer en el lugar de trabajo y aliente a las víctimas de hostigamiento sexual a denunciarlo; y g) Ponga en vigor una legislación que establezca y aplique el concepto de paternidad compartida, así como programas que apunten a reforzar las obligaciones comunes de la madre y el padre.


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