Párr. 65 Realizar las consultas en las primeras etapas de la elaboración o planificación de la medida propuesta a fin de que los pueblos indígenas puedan verdaderamente participar e influir en el proceso de adopción de decisiones.
Párr. 70 Procurar que los pueblos indígenas tengan la capacidad técnica adecuada y los recursos financieros suficientes para participar efectivamente en las consultas, sin utilizar dicha asistencia para influir en las posiciones de los indígenas en las consultas.
Párr. 94 Desarrollar una política coordinada y sistemática, con la participación de los pueblos indígenas, que de manera transversal involucre a los diferentes ministerios relacionados con cuestiones indígenas.
Párr. 95 Establecer mecanismos de consulta y participación sobre toda medida de alcance general o particular que les afecte, con especial atención a la legislación, recursos naturales y proyectos de desarrollo.
Párr. 97 Establecer mecanismos de observación y evaluación de los mecanismos y prácticas y de implementación de las normas sobre indígenas con la participación de estos pueblos.
Párr. 69 Asegurar la participación efectiva de las comunidades indígenas en la identificación de prioridades, diseño, implementación y evaluación de las actividades de desarrollo, que deberán contribuir al fortalecimiento de las capacidades de dichas comunidades y de sus organizaciones.
Párr. 71 Adoptar un enfoque de presupuesto público basado en derechos, en que las decisiones se adopten en todas las fases del proceso presupuestario con arreglo a principios de transparencia, rendición de cuentas, no discriminación y participación.
Párr. 76 Fortalecer los mecanismos de participación política y rendición de cuentas que apoyen a los pueblos indígenas en la identificación de sus prioridades y en la reivindicación de sus derechos.
Párr. 54 Asegurar la participación de las comunidades indígenas en el diseño, ejecución y evaluación de los programas y proyectos educativos.
Párr. 75 Adoptar metas y políticas específicas dirigidas a los pueblos indígenas con la plena participación de éstos asegurando que las medidas adoptadas para la consecución de estos objetivos no repercutan de manera negativa en los derechos humanos de los indígenas.
Párr. 31 Garantizar una mayor participación de los indígenas en los procesos de reforma del sistema de justicia.
Párr. 34 Diseñar con la participación activa de los pueblos indígenas, políticas públicas específicas para hacer frente a sus problemas particulares.