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Protocolo II adicional a los Convenios de Ginebra de 1949 relativo a la protección de las víctimas de los conflictos armados sin carácter internacional - 1979

Informe de la Experta independiente sobre la cuestión de las obligaciones de derechos humanos relacionadas con el acceso al agua potable y el saneamiento - ODM - 2010

Párr. 29
Garantizar el suministro regular es esencial para la accesibilidad permanente. El abastecimiento de agua debe ser predecible y debe permitir que los usuarios atiendan todas las necesidades cotidianas sin comprometer la calidad del agua.


Párr. 33
Garantizar el acceso “de hecho”, utilizando la orientación que proveen los criterios de derechos humanos para formular indicadores específicos y adecuados al contexto particular.


Párr. 34
Asegurar que el acceso al agua y el saneamiento no comprometa la capacidad de las personas de costear otras necesidades esenciales garantizadas por los derechos humanos, como la alimentación, la vivienda y la atención de la salud.


Párr. 35
Asegurar la rendición de cuentas que se inicia con la disponibilidad de datos fiables, pertinentes y adecuados, complementando las fuentes de datos utilizadas por el mecanismo de monitoreo con series de datos adicionales que se refieran específicamente a las normas de derechos humanos. Asegurar que los indicadores para la rendición de cuentas reflejen criterios de derechos humanos como la disponibilidad, la seguridad, la aceptabilidad, la accesibilidad, la asequibilidad. La generación de esos conjuntos de datos adicionales ayuda a: a) centrar las intervenciones en los principales obstáculos b) documentar la formulación de políticas en los sectores del agua y el saneamiento, c) generar considerables efectos multiplicadores para la salud, la educación, la igualdad entre los géneros, la nutrición y demás derechos humanos conexos.


Párr. 63
Promover procesos genuinamente participativos y empoderar a las personas para que participen activamente en los procesos de adopción de decisiones, incluida la utilización de la asistencia para el desarrollo, entre otras cosas venciendo obstáculos como el alto nivel de analfabetismo, las limitaciones relacionadas con el idioma y también los obstáculos culturales y físicos. Asegurar la plena transparencia para lograr una participación significativa. Todas las personas deben tener un acceso pleno y equitativo a la información sobre el agua y el saneamiento, así como a los planes, las políticas y los programas conexos, incluida la utilización de la asistencia para el desarrollo. Afrontar la cuestión del agua y el saneamiento de forma global incluyendo las causas subyacentes de la falta de acceso. A estos efectos, son esenciales los enfoques intersectoriales, entre ellos, la integración del saneamiento y el agua en las iniciativas de protección social.


Informe de la Experta independiente sobre la cuestión de las obligaciones de derechos humanos relacionadas con el acceso al agua potable y el saneamiento - Modelos - 2010

Párr. 63
Asegurar que la decisión de delegar o no delegar la prestación de servicios debe adoptarse en un proceso democrático y participativo. Se debe permitir que todos los interesados participen en todo el proceso y que supervisen, evalúen e informen acerca de posibles abusos de derechos humanos. La participación debe ser activa, libre y significativa, y ofrecer una oportunidad auténtica de influir en la adopción de decisiones. Asegurar que el proceso de adopción y aplicación de decisiones, todos los instrumentos que deleguen la prestación de servicios, incluidos los contratos, y los instrumentos en que se definan las funciones y responsabilidades sean transparentes, lo que requiere la revelación de la información adecuada y suficiente y el acceso efectivo a la información. Asegurar que todos los instrumentos de la delegación, incluidos los contratos, deben ajustarse a las normas de derechos humanos, contribuir a la realización de los derechos al agua y el saneamiento y orientar las actividades de los proveedores no estatales de servicios. Asegurar que los proveedores no estatales de servicios ejerzan la debida diligencia para velar por su cumplimiento de las normas de derechos humanos en todo el proceso, desde la licitación hasta la concertación de acuerdos con el Estado respecto del funcionamiento de los servicios. Realizar evaluaciones de los efectos sobre los derechos humanos antes del proceso de delegación de la prestación de servicios de agua y saneamiento y durante éste, incorporándolos en la toma de decisiones acerca de los medios de prestación de servicios. Asegurar que las autoridades regulatorias, si las hay, ejerzan sus funciones de manera acorde con las normas de derechos humanos. Éstas deben preparar instrumentos para asegurar que los servicios no estatales de agua y saneamiento estén disponibles y que sean seguros, aceptables, accesibles físicamente y asequibles. Aplicar políticas sociales complementarias que velen por la inclusividad, como las redes de seguridad y los subsidios. Esas medidas deben estar orientadas para llegar efectivamente a los que más las necesitan. Asignar claramente las funciones y las obligaciones en la prestación de servicios de agua y saneamiento por actores no estatales. Adoptar legislación que imponga a los proveedores de servicios no estatales de agua y saneamiento la obligación de hacer también evaluaciones de los efectos sobre los derechos humanos,como parte del ejercicio de la debida diligencia para tomar conciencia de los efectos reales y posibles de sus actividades sobre la realización de los derechos humanos al agua y el saneamiento. Adoptar fuertes marcos regulatorios para todos los proveedores no estatales de servicios de agua y saneamiento, acordes con las normas de derechos humanos. Velar porque los derechos al saneamiento y el agua, puedan ejercerse ante los tribunales nacionales y otros mecanismos para hacer efectiva la responsabilidad, garantizando el acceso a la justicia en términos prácticos, incluidos el acceso físico y económico de manera equitativa.


Informe de la Experta independiente sobre la cuestión de las obligaciones de derechos humanos relacionadas con el acceso al agua potable y el saneamiento - Saneamiento - 2009

Párr. 81
Garantizar el acceso a servicios de saneamiento que sean inocuos, higiénicos, seguros, asequibles, social y culturalmente aceptables, que proporcionen intimidad y garanticen la dignidad de una manera no discriminatoria. Apoyar la evolución jurídica y política en todos los niveles hacia un reconocimiento más amplio del saneamiento como un derecho humano separado. Cumplir sus obligaciones de derechos humanos relacionadas con el saneamiento en todo momento, incluso en las situaciones de emergencia, en la respuesta a los desastres y durante los conflictos. Compilar información actual, precisa y detallada sobre la cobertura del saneamiento en el país, y las características de los hogares sin esos servicios o con servicios insuficientes. Asegurar que se cuenta con datos desglosados relativos a la cobertura del saneamiento para determinar qué grupos están particularmente desfavorecidos. Asegurar que la información detallada y precisa sobre la cobertura del saneamiento en el país sea pública y sirva de base para la concepción de las políticas para el sector y la asignación de presupuestos. Adoptar un plan de acción nacional en materia de saneamiento, aprobado en los niveles más altos, que refleje debidamente las obligaciones de derechos humanos en materia de saneamiento, asegurando la participación de todas las personas, comunidades y grupos interesados. Promover la participación de las instituciones nacionales de derechos humanos y expertos en saneamiento en el plan de acción nacional en materia de saneamiento. Asignar claramente las responsabilidades institucionales para el saneamiento en todos los niveles y evitar la fragmentación garantizando una coordinación adecuada. Adoptar políticas apropiadas para ampliar el acceso en las zonas sin servicios o con servicios insuficientes de saneamiento, adoptando un enfoque integrado que aborde las causas estructurales subyacentes de la discriminación en el acceso a tales servicios. Incluir el saneamiento en sus estrategias nacionales de lucha contra la pobreza y planes de desarrollo. Asegurar que la importancia del saneamiento se refleja en los presupuestos nacionales y subnacionales, así como en los presupuestos para la asistencia y cooperación internacionales. Asegurar que la legislación, las políticas, los planes y los programas relativos a saneamiento apunten a eliminar las desigualdades basadas en la riqueza, el sexo y la ubicación, así como otros motivos. Mejorar el acceso a servicios de saneamiento de las personas y grupos desfavorecidos, como los pobres, así como los que viven en zonas remotas y los asentamientos urbanos no estructurados, con independencia de su régimen de tenencia. Adoptar medidas específicamente orientadas a garantizar la asequibilidad de los servicios de saneamiento. Adoptar un enfoque con una perspectiva de género en todo el proceso de formulación de las políticas de saneamiento, teniendo en cuenta la necesidades especiales de las mujeres y el papel clave que a menudo desempeñan en la gestión de saneamiento y la higiene en las comunidades. Reconocer el papel crucial de las personas que trabajan en el saneamiento y adoptar medidas para mejorar la imagen de su tarea y velar por su salud, seguridad y dignidad en el trabajo. Organizar campañas de sensibilización pública de gran escala en los planos nacional e internacional, con miras a promover el cambio de comportamiento con respecto al saneamiento y proporcionar información, en particular sobre la promoción de la higiene. Asignar fondos para apoyar la movilización de la comunidad y la organización de las actividades que apuntan al cumplimiento de las obligaciones de derechos humanos relacionadas con el saneamiento. Evaluar la eficacia de las intervenciones y el impacto de las reformas de las políticas y las inversiones en los planos nacional y subnacional. Establecer mecanismos de supervisión y rendición de cuentas eficaces, transparentes y accesibles, con atribuciones para supervisar y pedir cuentas a todos los agentes públicos y privados involucrados en el saneamiento. Incluir información sobre el cumplimiento de sus obligaciones de derechos humanos relacionadas con el saneamiento en sus informes nacionales a los órganos de vigilancia de la aplicación de los tratados. Asegurar que la importancia del saneamiento se refleja en los presupuestos para la asistencia y cooperación internacionales.


Informe del Relator Especial sobre el derecho a la salud - Directrices para la Realización del Derecho al agua potable y a saneamiento - 2005

Párr. 10.3
Orientar la asistencia bilateral y multilateral en el sector del agua y del saneamiento prioritariamente hacia los países incapaces de hacer realidad por sí solos los aspectos esenciales del derecho al agua y al saneamiento para sus poblaciones.


Párr. 3.4
Aprobar y aplicar leyes para proteger el acceso de las personas a las fuentes de agua tradicionales en medios rurales.


Párr. 4.1
Garantizar agua salubre en cantidad suficiente mediante: a) estrategias y programas de gestión integrada de los recursos hídricos, b) planes eficaces de aprovechamiento del agua, c) combate a la disminución de los recursos hídricos causados por las extracciones, los desvíos o la construcción de embalses sin criterios de sostenibilidad, d) la reducción de las pérdidas en la distribución de agua, y e) estableciendo mecanismos para hacer frente a situaciones de emergencia


Párr. 4.2
Evitar el consumo excesivo y favorecer un aprovechamiento eficaz del agua mediante: a) la educación del público, b) la difusión de técnicas apropiadas de conservación y, c) en caso necesario, la limitación del uso más allá de un consumo razonable, incluso mediante un aumento de las tarifas.


Párr. 4.3
Garantizar la prioridad en la concesión de acceso a los recursos hídricos a los agricultores marginados o desfavorecidos y los demás grupos vulnerables, para satisfacer sus necesidades básicas.


Párr. 4.3
Garantizar el suministro prioritario de agua para los usos personales y domésticos esenciales para todas las personas.


Párr. 5.1
Invertir ante todo en servicios que den prioridad a las necesidades de personas sin un acceso básico, normalmente mediante servicios poco costosos que puedan mejorarse, en vez de servicios costosos que sólo benefician a una pequeña parte de la población.


Párr. 5.2
Concebir las instalaciones de abastecimiento de agua y de saneamiento teniendo en cuenta las necesidades de las mujeres y los niños.


Párr. 6.1
Establecer una política de precios del agua y del saneamiento apropiada, sobre todo previendo modalidades flexibles de pago y subvenciones cruzadas mediante las cuales los usuarios de ingresos elevados ayuden a los usuarios de bajos ingresos.


Párr. 6.2
Conceder subvenciones para los servicios de abastecimiento de agua y de saneamiento dirigidas a personas de bajos ingresos y a las zonas más pobres incapaces de asegurarse el acceso a esos servicios por sus propios medios. Las subvenciones deberían destinarse normalmente a establecer conexiones con sistemas de distribución o a construir y mantener pequeñas instalaciones de abastecimiento de agua y saneamiento, como pozos, perforaciones y letrinas.


Párr. 6.4
No reducir el acceso a los servicios de abastecimiento de agua y de saneamiento en caso de impago antes de asegurarse de que se ha tenido en cuenta la capacidad de pago del interesado.


Párr. 7.1
Formular normas de calidad del agua basándose en las orientaciones técnicas de la Organización Mundial de la Salud y teniendo en cuenta las necesidades de los grupos vulnerables tras haber consultado a los usuarios


Párr. 7.2
Las normas de calidad del agua deberían dar prioridad a la eliminación de las sustancias contaminantes que tengan las mayores repercusiones sobre la salud en el contexto ecuatoriano. Tales normas deberán revisarse periódicamente y reforzarse gradualmente.


Párr. 7.3
Establecer reglamentos y políticas para controlar la contaminación de los recursos hídricos procedente de todas las personas y organizaciones públicas y privadas. Tales isntrumentos deben preveer actividades de vigilancia, desincentivos y sanciones en caso de contaminación, así como una ayuda para que se respeten las normas.


Párr. 7.4
Prevenir y reducir progresivamente la contaminación de las cuencas hidrográficas y de los ecosistemas acuáticos por sustancias como los agentes patógenos bacterianos y los contaminantes químicos.


Párr. 7.5
Prestar asistencia financiera y técnica, incluida información y capacitación, a las comunidades que para su abastecimiento de agua dependen de pequeños sistemas, en particular las comunidades de bajos ingresos.


Párr. 8.1
Garantizar el derecho a participar en el proceso de adopción de las decisiones que afectan a su derecho al agua y al saneamiento. Hay que procurar especialmente garantizar una representación equitativa en la adopción de decisiones a los grupos vulnerables o tradicionalmente marginados, en particular las mujeres.


Párr. 8.2
Garantizar el derecho de las comunidades a determinar la naturaleza de sus servicios de abastecimiento de agua y de saneamiento y el tipo de gestión de esos servicios, y, en lo posible, optar por gestionar ellas mismas sus servicios con ayuda del Estado.


Párr. 8.3
Garantizar la igualdad de acceso a la información completa y transparente relativa al agua, el saneamiento y el medio ambiente en posesión de las autoridades públicas o de terceros.


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