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Informe del Relator Especial sobre la libertad de religión o de creencias - Enseñanza - 2010

Párr. 61
Ofrecer a los profesores y a los estudiantes oportunidades para celebrar, con carácter voluntario, reuniones e intercambios con sus homólogos de diferentes religiones o creencias. Reforzar una perspectiva no discriminatoria en la educación y los conocimientos en relación con la libertad de religión o de creencias a los niveles apropiados. Velar por la igualdad de derechos entre hombres y mujeres en el terreno de la educación y de la libertad de religión o de creencias, y en especial reforzar la protección del derecho a la educación de las niñas, sobre todo de aquellas que procedan de grupos vulnerables. Tomar las medidas apropiadas contra todas las formas de intolerancia y discriminación por motivos de religión o de creencias existentes en planes de estudios, libros de texto y métodos didácticos. Evaluar los planes de estudio que se emplean en la escuela pública en lo que respecta a la enseñanza de religiones o de creencias con vistas a determinar si promueven el respeto de la libertad de religión o de creencias y si son imparciales, ecuánimes, integradores, adecuados a la edad, imparciales y ajustados a los estándares profesionales. Evaluar el proceso de elaboración de los planes de estudios en relación con la enseñanza de religiones y creencias para velar por que en él se tengan en cuenta las necesidades de distintas comunidades religiosas y de creyentes y que todos los interesados pertinentes tengan la oportunidad de hacer oír su voz. Mantener una postura de neutralidad confesional en la enseñanza pública en aras de la inclusión de estudiantes de distintas religiones o creencias sobre la base de la igualdad y la no discriminación.


Informe provisional del Relator Especial sobre la libertad de religión o de creencias - Intolerancia - 2013

Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre - 1948

Artículo III
Garantizar a toda persona el derecho de profesar libremente una creencia religiosa y de manifestarla y practicarla en público y en privado.


Caso “La Última Tentación de Cristo” (Olmedo Bustos y otros) Vs. Chile - 2001

Párr. 19
Reconocer que el derecho a la libertad de religión es uno de los cimientos de la sociedad democrática.


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