Párr. 70 Asegurar que el diseño de políticas y programas sociales y de desarrollo que afecten a los pueblos indígenas tomen en cuenta el conocimiento de la situación de los derechos individuales y colectivos de las comunidades implicadas, haciendo visibles las causas subyacentes de la discriminación, exclusión y marginación.
Párr. 84 Asegurar que los medios de comunicación masiva incluyan regularmente en su programación contenidos referidos a los pueblos y culturas indígenas, en un marco respetuoso a los principios de tolerancia, equidad, y no discriminación.
Párr. 67 Combatir con persistencia la discriminación en contra los indígenas que con frecuencia está anclada en los mecanismos de operación de los órganos de la administración del Estado. Adoptar medidas eficaces para acabar con la impunidad de todo acto discriminatorio en contra de las poblaciones indígenas.
Párr. 23 Garantizar a los niños indígenas el derecho inalienable a no sufrir discriminación. Hacer que el principio de no discriminación se refleje en toda la legislación nacional y pueda ser directamente aplicado y debidamente supervisado e impuesto por los órganos judiciales y administrativos.
Párr. 24 Identificar activamente a los niños y grupos de niños en relación con los cuales puede ser necesario adoptar medidas especiales para el reconocimiento y la realización de sus derechos, en particular, la necesidad de desagregar los datos que se reúnan, a fin de poder identificar la discriminación o la posible discriminación.
Párr. 25 Adoptar medidas positivas para eliminar las condiciones que dan lugar a la discriminación.
Párr. 26 Reunir datos desglosados y elaborar indicadores con el fin de determinar en qué ámbitos sufren o podrían sufrir discriminación los niños indígenas.
Párr. 27 Velar porque se tomen medidas educativas y de información pública para hacer frente a la discriminación de los niños indígenas.
Párr. 29 Tener en consideración las necesidades de los niños indígenas que pueden ser víctimas de múltiples tipos de discriminación y también tener en cuenta la diferente situación de los niños indígenas en las zonas rurales y en las zonas urbanas.
Párr. 50 Adoptar medidas especiales para que los niños indígenas no sean objeto de discriminación en el disfrute del nivel de salud más alto posible.
Párr. 1 Combatir y eliminar la discriminacion contra las poblaciones indígenas.
Párr. 4 (b) Garantizar que los miembros de las poblaciones indígenas sean libres e iguales en dignidad y derechos y libres de toda discriminación, en particular la que se base en el origen o la identidad indígena.