Párr. 117 Velen por la igualdad de la calidad de la educación recibida por las niñas en todos los niveles, en particular desterrando los estereotipos de género de los planes de estudios, los programas de formación de docentes, los libros de texto y el material didáctico; y alienten a las niñas a que participen en esferas de formación profesional y disciplinas académicas no tradicionales, como las matemáticas, las ciencias y la tecnología.
Párr. 136 Eliminen todas las leyes que discriminen a las mujeres penalizando comportamientos que no se penalizan cuando los exhiben hombres o permitiendo los atentados contra la integridad física y la autonomía de la mujer.
Párr. 137 Adopten medidas preventivas, desalienten y castiguen con rigor todas las formas de violencia de género y acoso sexual sufridas por mujeres en la esfera pública, como por ejemplo en el transporte y los servicios públicos, el lugar de trabajo, las instituciones de enseñanza, la calle y el ciberespacio, independientemente de si los autores son agentes estatales o particulares.
Párr. 138 Adopten medidas especiales para prohibir y prevenir la violencia de género, en particular castigando las relaciones sexuales con menores, entendidas como violación, implantando mecanismos confidenciales de presentación de denuncias en las escuelas, creando capacidad en la policía, instituyendo tribunales adaptados a las necesidades del niño y prohibiendo a los delincuentes sexuales ejercer la docencia.