Artículo 8 Adoptar, en el plano nacional, todas las medidas necesarias para la realización del derecho al desarrollo y garantizarán, entre otras cosas, la igualdad de oportunidades para todos en cuanto al acceso a los servicios de educación enre otros.
Artículo 1 Garantizar que la educación primaria asegure las necesidades básicas de aprendizaje de todos los niños, niñas y adolescentes. Éstas necesidades abarcan tanto las herramientas esenciales para el aprendizaje (como la lectura y la escritura, la expresión oral, el cálculo, la solución de problemas) como los contenidos básicos del aprendizaje (conocimientos teóricos y prácticos, valores y actitudes) necesarios para que los seres humanos puedan sobrevivir, desarrollar plenamente sus capacidades, vivir y trabajar con dignidad, participar plenamente en el desarrollo, mejorar la calidad de su vida, tomar decisiones fundamentadas y continuar aprendiendo.
Artículo XII Garantizar a toda persona el derecho a la educación, la que debe estar inspirada en los principios de libertad, moralidad y solidaridad humanas. Garantizar a toda persona el derecho de que, mediante esa educación, se le capacite para lograr una digna subsistencia, en mejoramiento del nivel de vida y para ser útil a la sociedad. Garantizar la igualdad de oportunidades en todos los casos, de acuerdo con las dotes naturales, los méritos y el deseo de aprovechar los recursos que puedan proporcionar la comunidad y el Estado. Garantizar a toda persona el derecho a recibir gratuitamente la educación primaria, por lo menos.
Párr. 317 Asegurar que la política de Estado en materia de niños en conflicto con la ley, consistente con los compromisos internacionales, contemple, entre otros aspectos, estrategias, acciones apropiadas y la asignación de los recursos que resulten indispensables para la creación de programas de educación, médicos y psicológicos integrales para todos los niños privados de libertad.
Párr. 221 Dotar a la escuela ubicada en el asentamiento actual de las comunidades indígenas con materiales bilingües suficientes para la debida educación de sus alumnos, mientras se encuentran sin tierras a la espera del proceso de titulación, en atención a su especial estado de vulnerabilidad y su imposibilidad de acceder a sus mecanismos tradicionales de subsistencia.