Buscador de estándares sobre derechos humanos

Informe del Relator Especial sobre el derecho a la alimentación - Olivier De Schutter - 2011

Informe del Relator Especial sobre el derecho a la educación - El derecho a la educación de las niñas - 2006

Párr. 126
Retomar como una preocupación primordial las causas que motivan la deserción y la baja escolarización de las niñas y las adolescentes, para que sea asumida no sólo desde las políticas educativas, sino más bien en todo el quehacer social, cultural y familiar, pues la educación de las niñas está indisolublemente ligada con la promoción de la justicia social y la democracia.


Párr. 128
Aumentar el presupuesto destinado a la educación al menos hasta el 6% del PIB, de conformidad con los estándares internacionales.


Párr. 129
Asegurar un presupuesto creciente y significativo para incrementar los programas de construcción y mejoramiento de la infraestructura escolar, hasta satisfacer todas las necesidades nacionales. La infraestructura escolar debe ubicarse en el perímetro de las comunidades y contemplar el abastecimiento de agua potable y servicios sanitarios privados, seguros y separados para las niñas y las adolescentes. Asegurar un presupuesto creciente y significativo para incrementar los programas de construcción y mejoramiento de la infraestructura escolar, hasta satisfacer todas las necesidades nacionales. La infraestructura escolar debe ubicarse en el perímetro de las comunidades y contemplar el abastecimiento de agua potable y servicios sanitarios privados, seguros y separados para las niñas y las adolescentes.


Párr. 131
Promover la contratación de docentes femeninas.


Párr. 132
Establecer mecanismos eficientes para suplir de toallas sanitarias a las adolescentes que así lo requieran, especialmente en las zonas rurales, y garantizarles la posibilidad de utilizar siempre las instalaciones sanitarias que requieran.


Párr. 133
Diseñar y ejecutar programas efectivos para garantizar la escolarización exitosa de adolescentes embarazadas y madres, en los que además se pueda considerar la posibilidad de ofrecerles servicios de alimentación y cuidado de sus hijos e hijas durante el tiempo lectivo.


Párr. 134
Dotar de incentivos especiales a las universidades e instituciones formadoras de educadoras y educadores para: a) mejorar la paridad en la graduación de maestras y maestros, y b) incorporar la perspectiva de género en los planes de estudio que atienden las y los estudiantes de educación y desarrollar programas de capacitación en género para maestras y maestros en servicio.


Párr. 135
Desarrollar y aplicar indicadores cualitativos y cuantitativos de derechos humanos que permitan identificar y atender las causas de exclusión, discriminación, segregación y cualquier otro tipo de limitación en la realización del derecho a la educación de las niñas y adolescentes.


Párr. 136
Establecer políticas educativas y prácticas pedagógicas que aseguren la inclusión de niñas y adolescentes con discapacidades y problemas de aprendizaje.


Párr. 137
Ofrecer posibilidades prioritarias para la educación de las niñas y adolescentes que han sido desarraigadas a causa de la guerra u otros conflictos sociales o emergencias.


Párr. 138
Adoptar las medias legales y administrativas necesarias, para garantizar que los criterios de admisión y matrícula de las niñas y adolescentes se verifiquen en condiciones de igualdad con los niños.


Párr. 139
Ejecutar prácticas pedagógicas con las niñas, niños y adolescentes, que tengan como fin analizar los estereotipos de género en la actividad de aula y luchar contra su prevalencia en los libros de texto, materiales didácticos y en cualquier otra actividad escolar.


Párr. 140
Eliminar las barreras identificadas para la matriculación y permanencia en la escuela de las niñas y adolescentes pertenecientes a todas las etnias, castas y comunidades discriminadas; atender con prioridad las causas de su deserción y tomar las medidas pertinentes para evitar su estigmatización en la currícula y en las actividades escolares.


Párr. 141
Asegurar a todas las niñas trabajadoras, incluyendo las que realizan trabajo doméstico, igualdad de oportunidades para disfrutar del derecho a la educación. Para ello, se deben diseñar proyectos alternativos, que incluyan soluciones a las necesidades familiares que son tradicionalmente atendidas por estas niñas.


Párr. 143
Integrar comisiones locales y regionales que tengan como fin determinar los elementos de las costumbres, tradiciones y cualesquiera otros factores socioculturales que impiden el tratamiento igualitario de las niñas y las adolescentes en los centros educativos, para que recomienden las medidas necesarias para su superación, que deberán ser implementadas sin dilación.


Párr. 144
Desarrollar y ejecutar en la educación formal y no formal programas de educación para la sexualidad que promuevan el respeto hacia los derechos de las niñas, adolescentes y mujeres y la construcción de una masculinidad sensible y responsable.


Párr. 145
Nombrar comisiones específicas de expertas y expertos para eliminar los estereotipos existentes en los libros de texto y recomendar lecturas alternativas.


Párr. 146
Emitir directrices claras y contundentes para que no se tolere ninguna práctica discriminatoria contra las niñas y adolescentes en los sistemas educativos.


Párr. 147
Desarrollar investigaciones que permitan evaluar el grado de realización de los derechos humanos en las actividades concretas del aula y, a partir de los resultados obtenidos, poner en práctica las medidas correctivas correspondientes.


Párr. 148
Desarrollar experiencias concretas, proyectos y programas dirigidos a que las niñas y las adolescentes tengan participación activa en la identificación de sus necesidades educativas, sociales y culturales, que les permitan proponer soluciones basadas en su propio conocimiento y experiencia.


Párr. 149
Establecer políticas educativas y planes concretos para desarrollar la educación intercultural.


Párr. 150
Garantizar suficientes espacios físicos destinados al juego, deporte y recreación de las niñas, en condiciones de igualdad con los niños.


Párr. 151
Promover programas de compensación económica para familias pobres que tengan como fin asegurar que sus hijas, al igual que sus hijos, sean enviadas a la escuela.


Párr. 152
Diseñar y divulgar mecanismos adecuados, prácticos y sencillos para que las niñas y adolescentes puedan denunciar con total seguridad y confidencialidad los actos de violencia de los que sean víctimas en los centros educativos o sus entornos.


Informe del Relator Especial sobre el derecho a la educación - El derecho a la educación de los migrantes, los refugiados y los solicitantes de asilo - 2010

Filtros de búsqueda
Usted está buscando