Párr. 221 Dotar a la escuela ubicada en el asentamiento actual de las comunidades indígenas con materiales bilingües suficientes para la debida educación de sus alumnos, mientras se encuentran sin tierras a la espera del proceso de titulación, en atención a su especial estado de vulnerabilidad y su imposibilidad de acceder a sus mecanismos tradicionales de subsistencia. Dotar a las escuelas de la Comunidad, con materiales bilingües suficientes para la debida educación de sus alumnos.