Detalle de obligacion de derechos humanos

Caso Comunidad indígena Xákmok Kásek vs. Paraguay (Fondo, Reparaciones y Costas)

Derechos del buen vivir / Derecho a la alimentación / Pueblos indígenas
Suministrar alimentos en calidad y cantidad suficientes para asegurar una alimentación adecuada de manera inmediata, periódica y permanente, los miembros de comunidades indígenas que están a la espera de la entrega el territorio tradicional, o en su caso las tierras alternativas. Para tales efectos, se deberá realizar las consultas que sean necesarias a los miembros de la Comunidad.
No. Párr. 301 Vigente Desde: 24/08/2010
Institución responsable

Función del Estado Función Ejecutiva