Detalle de obligacion de derechos humanos

Principios y Buenas Prácticas de las Personas Privadas de Libertad en las Américas

Derechos de las personas y grupos de atención prioritaria / Derechos de las personas privadas de la libertad / Información
Garantizar a las personas privadas de libertad el acceso a información sobre los acontecimientos del mundo exterior por los medios de comunicación social, y por cualquier otra forma de comunicación con el exterior, de conformidad con la ley.
No. Principio XVIII Vigente Desde: 03/03/2008
Institución responsable

Función del Estado Función Ejecutiva