Detalle de obligacion de derechos humanos
Observación General No. 1 Sobre los trabajadores domésticos migratorios
Evitar que la condición de inmigrantes de los trabajadores domésticos migratorios esté supeditada al patrocinio o la tutela de un empleador determinado, habida cuenta de que este tipo de arreglos puede restringir indebidamente la libertad de circulación de esos trabajadores y aumentar su vulnerabilidad a la explotación y los malos tratos, a veces en condiciones de trabajo forzoso o servidumbre.
No. | Párr. 53 | Vigente Desde: | 23/02/2011 |
Institución responsable
Función del Estado | Función Ejecutiva |