Detalle de obligacion de derechos humanos

Recomendación No. 115 sobre la vivienda de los trabajadores (OIT)

Derechos del buen vivir / Derecho a la vivienda / Derecho de los trabajadores a la vivienda
Establecer un organismo central al que deberían estar a sociados todos los poderes públicos con alguna responsabilidad en materia de vivienda, que se encargue de: a) estudiar y evaluar las necesidades de viviendas para los trabajadores y de instalaciones colectivas conexas; y b) formular los programas de vivienda para los trabajadores, que deberían incluir medidas para eliminar los tugurios y para proporcionar nuevos alojamientos a sus ocupantes. Las organizaciones representativas de los empleadores y de los trabajadores, así como otras organizaciones interesadas, deberían estar asociadas a las labores del organismo central.
No. Artículo 8 Vigente Desde: 28/06/1961
Institución responsable

Función del Estado Función Ejecutiva