Detalle de obligacion de derechos humanos

Observación General No. 4 La salud y el desarrollo de los adolescentes en el contexto de la Convención de los Derechos del Niño

Derechos de las personas y grupos de atención prioritaria / Derechos de las personas con discapacidad / Salud
Proporcionar instalaciones, bienes y servicios sanitarios que sean accesibles a todos los adolescentes con discapacidades y conseguir que esas instalaciones y servicios promuevan su autoconfianza y su participación activa en la comunidad. Asegurar la disponibilidad del apoyo necesario en términos de equipo y personal para permitir a los adolescentes con discapacidad que puedan desplazarse, participar y comunicar. Prestar específica atención a las necesidades especiales relativas a la sexualidad de los adolescentes con discapacidad. Eliminar los obstáculos que impiden a los adolescentes con discapacidades el ejercicio de sus derechos en materia de salud. Elaborar políticas y promulguen y hagan cumplir leyes que protejan a los adolescentes con discapacidad contra la violencia, por ejemplo, por medio de los funcionarios encargados de aplicar la ley. Elaborar estrategias para proporcionar a los adolescentes con discapacidad una educación adecuada y el acceso a la atención de salud, así como oportunidades para el desarrollo de su destreza para ganarse la vida.
No. Párr. 35 Vigente Desde: 21/07/2003
Institución responsable

Función del Estado Función Ejecutiva