Derechos del buen vivir
/
Derecho a la salud
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Salud materna
El Comité confirma asimismo que entre las obligaciones de prioridad comparables figuran las siguientes:
a) Velar por la atención de la salud genésica, materna (prenatal y postnatal) e infantil;
b) Proporcionar inmunización contra las principales enfermedades infecciosas que tienen lugar en la comunidad;
c) Adoptar medidas para prevenir, tratar y combatir las enfermedades epidémicas y endémicas;
d) Impartir educación y proporcionar acceso a la información relativa a los principales problemas de salud en la comunidad, con inclusión de los métodos para prevenir y combatir esas enfermedades;
e) Proporcionar capacitación adecuada al personal del sector de la salud, incluida la educación en materia de salud y derechos humanos.