Detalle de obligacion de derechos humanos

Observación General No. 24 La mujer y la salud

Derechos del buen vivir / Derecho a la salud / Mujeres
Adoptar medidas adecuadas de carácter legislativo, judicial, administrativo, presupuestario, económico y de otra índole en el mayor grado que lo permitan los recursos disponibles para que la mujer pueda disfrutar de sus derechos a la atención médica. Abordar en toda su magnitud el problema de la mala salud de la mujer, particularmente cuando dimana de enfermedades que pueden prevenirse, como la tuberculosis y el VIH/SIDA. Informar al Comité de la CEDAW sobre este punto. No delegar o transferir al sector privado facultades realtivas a la mala salud de la mujer, particularmente cuando dimana de enfermedades que pueden prevenirse, como la tuberculosis y el VIH/SIDA.
No. Párr. 17 Vigente Desde: 05/02/1999
Institución responsable

Función del Estado Función Ejecutiva