Detalle de obligacion de derechos humanos

Observación General No. 14 El derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud

Derechos del buen vivir / Derecho a la salud / Salud e higiene del trabajo y del medio ambiente
Adoptar medidas preventivas en lo que respecta a los accidentes laborales y enfermedades profesionales. Velar por el suministro adecuado de agua limpia potable y la creación de condiciones sanitarias básicas; la prevención y reducción de la exposición de la población a sustancias nocivas tales como radiaciones y sustancias químicas nocivas u otros factores ambientales perjudiciales que afectan directa o indirectamente a la salud de los seres humanos. Mejorar la higiene industrial lo que implica reducir al mínimo, en la medida en que ello sea razonablemente viable, las causas de los peligros para la salud resultantes del medio ambiente laboral.
No. Párr. 15 Vigente Desde: 11/08/2000
Institución responsable

Función del Estado Función Ejecutiva