Detalle de obligacion de derechos humanos

Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial

Derechos del buen vivir / Derecho a la salud / No discriminación
Garantizar el derecho de toda persona a la igualdad ante la ley, sin distinción de raza, color y origen nacional o étnico, particularmente en el goce del derecho a la salud pública, la asistencia médica, la seguridad social y los servicios sociales.
No. Artículo 5 Vigente Desde: 04/01/1969
Institución responsable

Función del Estado Función Ejecutiva