Detalle de obligacion de derechos humanos

Informe del Grupo de Trabajo sobre la cuestión de la discriminación contra la mujer en la legislación y en la práctica - 2014

Derechos del buen vivir / Derecho a la seguridad Social /
Los Estados han de determinar, reducir y redistribuir la labor no retribuida de cuidado de los niños y otras personas a cargo de edad avanzada o con discapacidad incluyendo dicha labor en el producto nacional bruto; permitiendo que el gasto en cuidados pueda deducirse a efectos del impuesto sobre la renta; mejorando la infraestructura ambiental y de servicios para reducir la carga de los cuidados privados; y sincronizando los horarios escolares con los laborales.
No. Párr. 129 Vigente Desde: 01/04/2014
Institución responsable

Los Estados han de determinar, reducir y redistribuir la labor no retribuida de cuidado de los niños y otras personas a cargo de edad avanzada o con discapacidad incluyendo dicha labor en el producto nacional bruto; permitiendo que el gasto en cuidados pueda deducirse a efectos del impuesto sobre la renta; mejorando la infraestructura ambiental y de servicios para reducir la carga de los cuidados privados; y sincronizando los horarios escolares con los laborales.

Función del Estado Función Ejecutiva