Detalle de obligacion de derechos humanos

Observación General No. 19 El derecho a la seguridad social

Derechos del buen vivir / Derecho a la seguridad Social / Personas en movilidad humana
Asegurar a los refugiados, apátridas, desplazados internos y solicitantes de asilo un trato igual en el acceso a los planes de seguridad social no contributivos, incluido un acceso razonable a la atención de salud y apoyo a la familia.
No. Párr. 38 y 39 Vigente Desde: 04/02/2008
Institución responsable

Función del Estado Otra