Detalle de obligacion de derechos humanos

Informe del Relator Especial sobre el derecho a la educación - Medidas normativas para una educación de calidad

Derechos del buen vivir / Derecho a la educación / Calidad de la educación
Las preocupaciones existentes con respecto a la calidad en la educación exigen el reforzamiento de los marcos jurídicos nacionales con miras a establecer y fortalecer las normas de calidad en la educación. A tal fin, el Relator Especial desearía hacer las recomendaciones siguientes: a) Establecer y reforzar marcos nacionales jurídicos y de política para la educación de calidad: • Los Estados tienen la obligación fundamental de asegurar el derecho a la educación de calidad. A ese respecto, deben conceder una prioridad elevada a la elaboración y el reforzamiento de las leyes y políticas de educación encaminadas a asegurar la calidad de la educación para todos, prestando la máxima atención al papel de empoderamiento que tiene el derecho a la educación. • Los Estados deben asegurar que todas las autoridades públicas responsables de elaborar y aplicar las políticas de educación en los planos local y nacional cumplan las normas y principios de calidad. • Las instituciones nacionales de derechos humanos, cuando existan, así como el poder judicial, son fundamentales para supervisar las iniciativas a ese respecto y para salvaguardar la calidad de la educación. • Los parlamentarios también desempeñan una función importante de promoción de los debates nacionales sobre la calidad en la educación, de establecimiento de marcos jurídicos y de supervisión de las prácticas del Estado. b) Adoptar normas y principios de calidad para todo el sistema educacional: • Los Estados deben asegurar que las normas y principios de la educación de calidad sean aplicadas de modo uniforme en el país y abarquen la totalidad del sistema educacional. Ningún sector ni disciplina de la educación deben ser dejados de lado en ese proceso. Se debe asegurar que las normas sean congruentes con los principios de derechos humanos y que todas las escuelas, tanto públicas como privadas, funcionen de conformidad con esas normas y principios. c) Realizar evaluaciones de calidad con intención de utilizarlas para lograr mejoras: • Las evaluaciones de calidad deben realizarse con intención de utilizarlas para lograr mejoras, haciendo hincapié en crear oportunidades equitativas de educación y aprendizaje para todos, en lugar de para marginar aún más las escuelas deficientemente mantenidas de las zonas remotas. Basándose en los resultados de las evaluaciones nacionales del rendimiento de los estudiantes, los Estados deben apoyar las regiones y escuelas que obtengan peores resultados o que estén quedando retrasadas, con objeto de promover sistemas educacionales más equitativos. Es necesario promover las medidas afirmativas y las medidas positivas para permitir que quienes son víctimas de la exclusión social y la pobreza puedan disfrutar su derecho a una educación de calidad. d) Mejorar la calificación de los docentes y sus condiciones de trabajo: • Los Estados deben establecer un marco normativo amplio para la profesión docente, aplicable tanto a las escuelas públicas como a las privadas. Sobre la base del reconocimiento del papel fundamental que desempeñan los docentes en proporcionar una educación de calidad, ese marco debe incluir normas relativas a la calificación de los maestros y a su situación y perspectivas de carrera, y debe ofrecer incentivos para hacer más atractiva y reconocida la profesión docente. e) Asegurar recursos financieros para la educación de calidad: • Promover la calidad de la educación es un reto constante y las inversiones nacionales a ese respecto deben ser prioritarias. Los Estados deben asegurar los recursos necesarios para cumplir sus obligaciones de garantizar una educación de calidad. Los Estados podrían, como norma, asignar un mínimo del 20% al 25% de las consignaciones para educación del presupuesto nacional a mejorar la calidad de la educación, como gasto extraordinario por encima del gasto corriente en educación. Los Estados también deben establecer las políticas necesarias para movilizar recursos en favor de la calidad en los casos en que los organismos regionales y locales sean responsables de la educación básica. f) Centrarse en el derecho a la educación de calidad para el empoderamiento de la mujer: • Los Estados deben prestar atención particular a la calidad de la educación ofrecida a las niñas y las mujeres. Se debe conceder mayor importancia a dar una forma concreta a las disposiciones establecidas en la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer. g) Fomentar la asistencia técnica internacional a los gobiernos: • Se debe alentar a las organizaciones internacionales, como el Banco Mundial, la UNESCO y el UNICEF, a que continúen su labor de proporcionar asesoramiento de política, servicios de apoyo y asistencia técnica a los gobiernos en sus iniciativas para cumplir los imperativos de calidad. La UNESCO podría establecer directrices para el establecimiento de normas para la educación de calidad. h) Estimular más debates en los órganos internacionales de derechos humanos: • Teniendo presente el papel fundamental de la educación de calidad en la construcción de la nación, se debe estimular la realización de más debates a escala mundial sobre el derecho a la calidad en la educación. La organización de un debate temático bajo los auspicios del Consejo de Derechos Humanos podría ser muy efectiva para impulsar las medidas nacionales encaminadas a lograr la educación de calidad. • Los órganos de las Naciones Unidas creados en virtud de tratados de derechos humanos -—en particular el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el Comité de los Derechos del Niño y el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer— deben prestar mayor atención a la calidad de la educación a fin de destacar aún más las obligaciones de los Estados a ese respecto. i) Apoyar la investigación y la reflexión sobre la calidad en la educación: • Las universidades y los centros de investigación sobre la educación deben promover aún más la investigación y la reflexión respecto a las necesidades de la calidad en la educación. Las organizaciones de la sociedad civil también deben contribuir a ese proceso, supervisando la situación de la educación y promoviendo iniciativas de fomento de la calidad en la educación.
No. Párr. 88 Vigente Desde: 02/05/2012
Institución responsable

Función del Estado Función Ejecutiva