Detalle de obligacion de derechos humanos
Observación General No. 14 El derecho del niño a que su interés superior sea una consideración primordial
La consideración del interés superior del niño como algo "primordial" requiere tomar conciencia de la importancia que deben tener sus intereses en todas las medidas y tener la voluntad de dar prioridad a esos intereses en todas las circunstancias, pero sobre todo cuando las medidas tengan efectos indiscutibles en los niños de que se trate.
No. | Párr. 40 | Vigente Desde: | 29/05/2013 |
Institución responsable
Función del Estado | Función Ejecutiva |