Detalle de obligacion de derechos humanos

Observación General No. 6 Trato de los menores no acompañados y separados de su familia fuera de su país de origen

Derechos de las personas y grupos de atención prioritaria / Derechos de las personas en movilidad Humana / Niños, niñas y adolescentes
Esta formación debe adaptarse específicamente a las necesidades y los derechos de los grupos interesados. No obstante, en todos los programas de formación deben figurar ciertos elementos esenciales y, en particular: - Los principios y las disposiciones de la Convención; - El conocimiento del país de origen de los menores separados y no acompañados; - Técnicas apropiadas de entrevista; - Desarrollo y psicología infantiles; - Sensibilidad cultural y comunicación intercultural.
No. Párr. 96 Vigente Desde: 01/09/2005
Institución responsable

Función del Estado Función Ejecutiva