Detalle de obligacion de derechos humanos
Observación General No. 6 Trato de los menores no acompañados y separados de su familia fuera de su país de origen
En las emergencias de gran escala, cuando sea difícil nombrar tutores individuales, los Estados y las organizaciones de ayuda a la infancia deberán proteger y promover el interés superior de los menores separados de su familia.
No. | Párr. 38 | Vigente Desde: | 01/09/2005 |
Institución responsable
Función del Estado | Función Ejecutiva |