Derechos de las comunidades, pueblos y nacionalidades
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Derecho de los pueblos indígenas a los recursos naturales renovables dentro de sus tierras
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No discriminación
Se reconoce y garantizará a las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, de conformidad con la Constitución y con los pactos, convenios, declaraciones y demás instrumentos internacionales de derechos humanos, los siguientes derechos colectivos:
6. Participar en el uso, usufructo, administración y conservación de los recursos naturales renovables que se hallen en sus tierras.