Derechos de protección
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Derechos de las víctimas de infracciones penales
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Niñas, niños y adolescentes
El Comité recomienda al Estado parte que vele por que se adopten todas las medidas jurídicas y prácticas necesarias con el fin de poder ejercer su jurisdicción de forma efectiva, de conformidad con el artículo 4 del Protocolo facultativo, en particular:
a) Respecto de los delitos que se cometan en su territorio;
b) Cuando el autor del delito se encuentre presente en el territorio y el Estado parte no lo extradite a otro Estado parte por ser el delito obra de uno de sus nacionales.