Detalle de obligacion de derechos humanos
Observaciones finales Comité sobre los derechos de las personas con discapacidad - Ecuador
El Comité recomienda al Estado parte reformar el artículo 150 del Código Orgánico Integral Penal y cualquier otra legislación análoga que autorice a terceros para tomar decisiones sobre el cuerpo de mujeres con discapacidad.
No. | Párr. 41 | Vigente Desde: | 03/10/2014 |
Institución responsable
Función del Estado | Función Ejecutiva |