Detalle de obligacion de derechos humanos
Observación General No. 15 El derecho del niño al disfrute del más alto nivel posible de salud
El Comité alienta encarecidamente a los Estados a que establezcan mecanismos de presentación de denuncias funcionales y accesibles de ámbito comunitario que permitan a los niños solicitar y obtener reparación cuando se viole o ponga en peligro su derecho a la salud. Los Estados también deben ofrecer derechos amplios legitimados jurídicamente, incluidas demandas colectivas.
No. | Párr. 119 | Vigente Desde: | 17/04/2013 |
Institución responsable
Función del Estado | Función Ejecutiva |