Detalle de obligacion de derechos humanos
C110 - Sobre las plantaciones (OIT)
Asegurar que cuando el alojamiento sea proporcionado por el empleador, las condiciones que rijan el inquilinato de los trabajadores de las plantaciones respeten la legislación y la práctica nacionales.
No. | Artículo 88 | Vigente Desde: | 12/05/1972 |
Institución responsable
Función del Estado | Función Ejecutiva |