Detalle de obligacion de derechos humanos

Informe del Relator Especial sobre la libertad de religión o de creencias - Enseñanza

Derechos de libertad / Derecho a la libertad de religión / Derecho a la educación
Ofrecer a los profesores y a los estudiantes oportunidades para celebrar, con carácter voluntario, reuniones e intercambios con sus homólogos de diferentes religiones o creencias. Reforzar una perspectiva no discriminatoria en la educación y los conocimientos en relación con la libertad de religión o de creencias a los niveles apropiados. Velar por la igualdad de derechos entre hombres y mujeres en el terreno de la educación y de la libertad de religión o de creencias, y en especial reforzar la protección del derecho a la educación de las niñas, sobre todo de aquellas que procedan de grupos vulnerables. Tomar las medidas apropiadas contra todas las formas de intolerancia y discriminación por motivos de religión o de creencias existentes en planes de estudios, libros de texto y métodos didácticos. Evaluar los planes de estudio que se emplean en la escuela pública en lo que respecta a la enseñanza de religiones o de creencias con vistas a determinar si promueven el respeto de la libertad de religión o de creencias y si son imparciales, ecuánimes, integradores, adecuados a la edad, imparciales y ajustados a los estándares profesionales. Evaluar el proceso de elaboración de los planes de estudios en relación con la enseñanza de religiones y creencias para velar por que en él se tengan en cuenta las necesidades de distintas comunidades religiosas y de creyentes y que todos los interesados pertinentes tengan la oportunidad de hacer oír su voz. Mantener una postura de neutralidad confesional en la enseñanza pública en aras de la inclusión de estudiantes de distintas religiones o creencias sobre la base de la igualdad y la no discriminación.
No. Párr. 61 Vigente Desde: 15/12/2010
Institución responsable

Función del Estado Función Ejecutiva