Detalle de obligacion de derechos humanos

Observación General No. 18 El derecho al trabajo

Derechos de las personas y grupos de atención prioritaria / Derechos de las personas en movilidad Humana / Trabajo
Abstenerse de denegar o limitar el acceso igualitario a trabajo digno a todas las personas, especialmente a las personas y grupos desfavorecidos y marginados, en particular presos o detenidos, miembros de minorías y trabajadores migratorios.
No. Párr. 23 Vigente Desde: 06/02/2006
Institución responsable

Función del Estado Función Ejecutiva