Derechos del buen vivir
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Derecho a la salud
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Conflictos armados
Prohibir en todo tiempo y lugar, durante los conflictos armados internacionales, ya sean realizados por agentes civiles o militares, como mínimo:
a) los atentados contra la vida, la salud y la integridad física o mental de todas las personas;
b) el homicidio;
c) la tortura de cualquier clase, tanto física co mo mental;
d) las penas corporales; y
e) las mutilaciones.
Esta protección se dará sin distinción alguna de carácter desfavorable basada en la raza, el color, el sexo, el idioma, la religión o las creencias, las opiniones políticas o de otro género, el origen nacional o social, la fortuna, el nacimiento u otra condición o cualesquiera otros criterios análogos.