Detalle de obligacion de derechos humanos
C169 - Sobre pueblos indígenas y tribales (OIT)
Priorizar el mejoramiento de las condiciones de vida y del nivel de salud y de los pueblos indígenas con su participación y cooperación, en los planes de desarrollo económico global de las regiones donde habitan.
No. | Artículo 7 | Vigente Desde: | 15/05/1998 |
Institución responsable
Función del Estado | Función Ejecutiva |