Detalle de obligacion de derechos humanos
Observación General No. 6 Trato de los menores no acompañados y separados de su familia fuera de su país de origen
Debe prestarse especial atención a la formación del personal que se ocupa de los menores separados y no acompañados y de su situación. Es asimismo importante articular una formación especializada en el caso de los representantes legales, tutores, intérpretes y otras personas que se ocupan de los menores separados y no acompañados.
No. | Párr. 95 | Vigente Desde: | 01/09/2005 |
Institución responsable
Función del Estado | Función Ejecutiva |