Detalle de obligacion de derechos humanos

Observaciones finales Comité para la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares - Ecuador

Derechos de libertad / Víctimas de trata de personas / Personas en movilidad humana
El Comité reitera su recomendación previa (CMW/C/ECU/CO/1, párr. 33) e insta al Estado parte a: (a) Fortalecer todos los organismos del Sistema Nacional Descentralizado de Protección Integral a la Niñez y Adolescencia, incluido la asignación adecuada de recursos humanos y financieros; (b) Promover la sensibilización del público en general acerca de los efectos perjudiciales de todas las formas de explotación sexual de personas menores con fines comerciales, en particular la prostitución infantil; (c) Establecer mecanismos adecuados para la recuperación física y psicológica y reintegración social de las víctimas.
No. Párr. 38 Vigente Desde: 15/12/2010
Institución responsable

Función del Estado Función Ejecutiva