Detalle de obligacion de derechos humanos

Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas

Derechos de libertad / Derecho a la integridad personal / Desaparición forzada
Cooperar entre los Estados Partes y prestarse auxilio para asistir a las víctimas de las desapariciones forzadas, así como en la búsqueda, localización y liberación de las personas desaparecidas y, en caso de fallecimiento, en la exhumación, la identificación de las personas desaparecidas y la restitución de sus restos.
No. Artículo 15 Vigente Desde: 23/12/2010
Institución responsable

Función del Estado Función Ejecutiva