Detalle de obligacion de derechos humanos

Constitución de la República del Ecuador

Derechos de protección / Derecho al acceso a la justicia / Obligación general
Toda persona tiene derecho al acceso gratuito a la justicia y a la tutela efectiva, imparcial y expedita de sus derechos e intereses, con sujeción a los principios de inmediación y celeridad; en ningún caso quedará en indefensión. El incumplimiento de las resoluciones judiciales será sancionado por la ley.
No. Artículo 75 Vigente Desde: 20/10/2008
Institución responsable

Función del Estado Función Judicial y de Justicia Indígena