Detalle de obligacion de derechos humanos
Observación General No. 17 El derecho del niño al descanso, el esparcimiento, el juego, las actividades recreativas, la vida cultural y las artes
Se alienta asimismo a los Estados partes a que informen al Comité de los Derechos del Niño sobre todas las medidas que hayan adoptado para promover la plena aplicación del artículo 31 en beneficio de todos los niños.
No. | Párr. 61 | Vigente Desde: | 17/04/2013 |
Institución responsable
Función del Estado | Función Ejecutiva |