Detalle de obligacion de derechos humanos

Observación General No. 20 Prohibición de la tortura u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes

Derechos de libertad / Derecho a la integridad personal / Extradición
No exponer a las personas al peligro de ser sometidas a torturas o a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes al regresar a otro país tras la extradición, la expulsión o la devolución.
No. Párr. 9 Vigente Desde: 29/09/1989
Institución responsable

Función del Estado Función Judicial y de Justicia Indígena