Derechos de las personas y grupos de atención prioritaria
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Derechos de niñas, niños y adolescentes
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Atención prioritaria
Al dar pleno efecto al interés superior del niño, deben tenerse en cuenta los parámetros siguientes:
a) El carácter universal, indivisible, interdependiente e interrelacionado de los derechos del niño;
b) El reconocimiento de los niños como titulares de derechos;
c) La naturaleza y el alcance globales de la Convención;
d) La obligación de los Estados partes de respetar, proteger y llevar a efecto todos los derechos de la Convención;
e) Los efectos a corto, medio y largo plazo de las medidas relacionadas con el desarrollo del niño a lo largo del tiempo.