Detalle de obligacion de derechos humanos
Observación General No. 19 El derecho a la seguridad social
Asegurar apoyo sufieciente a los ingresos de las personas con discapacidad que, debido a su condición hubieran perdido temporalmente o hubieran visto reducidos sus ingresos, se les hubiera denegado oportunidades de empleo o tuvieran una discapacidad permanente.
No. | Párr. 20 | Vigente Desde: | 04/02/2008 |
Institución responsable
Función del Estado | Otra |