Detalle de obligacion de derechos humanos

C102 - Sobre la seguridad social (OIT)

Derechos del buen vivir / Derecho a la seguridad Social / OIT
Garantizar a las personas protegidas la concesión de prestaciones de invalidez, de conformidad con los artículos 54, 55, 56, 57 y 58.
No. Artículo 53 Vigente Desde: 25/10/1974
Institución responsable

Función del Estado Otra