Derechos de las personas y grupos de atención prioritaria
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Derecho al agua
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Cantidad suficiente de agua
Prohibir la privación a toda persona del mínimo indispensable de agua.
Velar porque las medidas que interfieran con el derecho al agua, llevadas a cabo por el Estado o por un tercero, se lleven a cabo respetando:
a) la oportunidad de una auténtica consulta con los afectados;
b) el suministro a tiempo de información completa sobre las medidas proyectadas;
c) la notificación con antelación razonable de las medidas proyectadas;
d) la disponibilidad de vías de recurso y reparación para los afectados; y
e) asistencia jurídica para obtener una reparación legal.