Detalle de obligacion de derechos humanos

Declaración de Río sobre Ambiente y Desarrollo

Derechos de la naturaleza / Derecho de la naturaleza a que se respete integralmente su existencia / Evitar transferencia o reubicación de sustancias o actividades nocivas
Cooperar efectivamente para desalentar o evitar la reubicación y la transferencia a otros Estados de cualesquier actividad y sustancia que causen degradación ambiental grave o se considere nociva para la salud humana.
No. Principio 14 Vigente Desde: 12/08/1992
Institución responsable

Función del Estado Función Ejecutiva