Detalle de obligacion de derechos humanos
Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad
Adoptar todas las medidas pertinentes para que las personas con discapacidad puedan ejercer el derecho a la libertad de expresión y opinión, incluida la libertad de recabar, recibir y facilitar información e ideas en igualdad de condiciones con las demás y mediante cualquier forma de comunicación que elijan.
No. | Artículo 21 | Vigente Desde: | 03/05/2008 |
Institución responsable
Función del Estado | Función Ejecutiva |