Detalle de obligacion de derechos humanos
Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas
Tomar las medidas necesarias para que el plazo de prescripción de la acción penal: a) Sea prolongado y proporcionado a la extrema gravedad de este delito; b) Se cuente a partir del momento en que cesa la desaparición forzada, habida cuenta del carácter continuo de este delito.
Garantizar a las víctimas de desaparición forzada el derecho a un recurso eficaz durante el plazo de prescripción.
No. | Artículo 8 | Vigente Desde: | 23/12/2010 |
Institución responsable
Función del Estado | Función Judicial y de Justicia Indígena |