Detalle de obligacion de derechos humanos

Observaciones finales Comité sobre los derechos de las personas con discapacidad - Ecuador

Derechos de las personas y grupos de atención prioritaria / Derechos de las personas con discapacidad / Mujeres
El Comité recomienda al Estado parte reformar el artículo 150 del Código Orgánico Integral Penal y cualquier otra legislación análoga que autorice a terceros para tomar decisiones sobre el cuerpo de mujeres con discapacidad.
No. Párr. 41 Vigente Desde: 03/10/2014
Institución responsable

Función del Estado Función Ejecutiva