Detalle de obligacion de derechos humanos

Constitución de la República del Ecuador

Derechos de la naturaleza / Derecho de la naturaleza a que se respete integralmente su existencia / Derecho de la naturaleza a que se respete integralmente su existencia
La naturaleza o Pacha Mama, donde se reproduce y realiza la vida, tiene derecho a que se respete integralmente su existencia y el mantenimiento y regeneración de sus ciclos vitales, estructura, funciones y procesos evolutivos. Toda persona, comunidad, pueblo o nacionalidad podrá exigir a la autoridad pública el cumplimiento de los derechos de la naturaleza. Para aplicar e interpretar estos derechos se observarán los principios establecidos en la Constitución, en lo que proceda. El Estado incentivará a las personas naturales y jurídicas, y a los colectivos, para que protejan la naturaleza, y promoverá el respeto a todos los elementos que forman un ecosistema.
No. Artículo 71 Vigente Desde: 20/10/2008
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